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¿Cuánto Tiempo Tengo Que Resolver Mi Caso De Lesiones Personales (por Accidentes Automovilísticos, Resbalones Y Caídas Y La Muerte Injusta) en La Florida?

En la Florida, al igual que la mayoría de los estados, hay estatutos de limitaciones en relación con los casos de accidentes. Por lo general, en la Florida, los casos de negligencia relacionados con accidentes de tráfico y resbalones y caídas tienen un estatuto de 4 años de limitaciones por la Ley de Florida 95.11 (3) (a). Una copia completa de la ley del estatuto de limitación en vigor a partir de la redacción de esta entrada del blog se pega a continuación. Si la demanda por lesiones personales implica la muerte por negligencia, sin embargo, a continuación, por lo general no hay una ley de 2 años de limitación por la Ley de Florida 95.11 (4) (d). Hay otro estatuto de limitación de la participación de negligencia médica / negligencia, responsabilidad por productos defectuosos, accidentes de trabajo, de vida asistida / enfermería de origen de los casos, detención ilegal, el asbesto, agravios intencionales, y así sucesivamente, que no están cubiertas en esta entrada de blog. También es importante señalar que en casos de lesiones personales en contra del gobierno (Estado de la Florida, los condados, ciudades y otras entidades municipales) el plazo de prescripción es más corto, por lo que es importante ir sobre toda la información pertinente a su caso con su abogado para determinar el estatuto adecuado de limitación.

Es importante tener en cuenta que el cálculo de la prescripción es el caso específico y que no debería confiar en la información anterior. Si usted ha estado involucrado en un accidente en la Florida, usted debe consultar a un abogado con licencia de la Florida para asesorar de lo que la ley de prescripción aplicable es de un caso. Por favor, entienda que si una demanda no se presenta dentro del estatuto adecuado a las limitaciones en la Florida, entonces el caso se prescribirá para siempre, independientemente de los méritos de dicha reclamación!

Si usted ha estado en un accidente donde usted cree que el otro coche o el lugar en el que resultaron heridos tiene la culpa, por favor llame a las Oficinas de Derecho de Drucker para una consulta gratis al 561-483-9199 (Boca Raton oficina principal) o 561-967 – 3840 (Lake Worth oficina satélite) o 954-755-2120 (oficina de Coral Springs por satélite) o 305-981-1561 (oficina de Miami vía satélite).

Por supuesto, un caso basado en un patrón de hechos como el de arriba es único y cualquier otro caso debe ser juzgado sobre la base de los hechos específicos del caso. El consejo en este blog pretende ser general y no debe ser utilizada como asesoramiento específico para un caso, ya que la más mínima diferencia en los hechos podría cambiar el resultado. Además, este blog es, como el nombre del sitio web sugiere, con base en ley de la Florida y las leyes de cualquier otro estado podría variar significativamente de la Florida.

95.11 Limitaciones que no sean para la recuperación de reales property.-acciones que no sean para la recuperación de bienes inmuebles se iniciará de la siguiente manera:
(1) PLAZO DE VEINTE años.-una acción en una sentencia o decreto de un tribunal de registro en este estado.
(2) en cinco años. –
(A) Una acción de una sentencia o decreto de cualquier tribunal, no de registro, de este estado o cualquier tribunal de los Estados Unidos, ningún otro estado o territorio de los Estados Unidos o un país extranjero.
(B) una acción legal o equitativo en un contrato, obligación o responsabilidad fundada en un instrumento escrito, a excepción de una acción para hacer cumplir una demanda contra una fianza de pago, que se regirá por las disposiciones aplicables de la SS. 255.05 (10) y 713,23 (1) (e).
(C) La acción para excluir a una hipoteca.
(D) Una acción que alegue una violación deliberada de s. 448,110.
(E) No obstante el párrafo (b), una acción por incumplimiento de un contrato de seguro de propiedad, con el período comprendido entre la fecha de la pérdida.
(3) Dentro de cuatro años. –
(A) Una acción fundada en la negligencia.
(B) una acción referente a la determinación de la paternidad, con el tiempo de ejecución desde la fecha en que el niño alcance la mayoría de edad.
(C) Un recurso basado en el diseño, planificación, o la construcción de una mejora de bienes inmuebles, con el tiempo de ejecución desde la fecha de posesión efectiva por el propietario, la fecha de la emisión de un certificado de ocupación, la fecha de abandono de la construcción si no se completa, o la fecha de finalización o rescisión del contrato entre el ingeniero, arquitecto registrado, o el contratista con licencia y su empleador, si esta fecha es más reciente, excepto que, cuando la acción involucra un defecto latente, el tiempo corre desde el momento en que se descubrió el defecto o se han descubierto en el ejercicio de la debida diligencia. En cualquier caso, la acción debe ser iniciada dentro de 10 años después de la fecha de posesión efectiva por el propietario, la fecha de la emisión de un certificado de ocupación, la fecha de abandono de la construcción si no se completa, o la fecha de finalización o rescisión del contrato entre el ingeniero, arquitecto registrado, o un contratista con licencia y su empleador, cualquiera que sea la fecha más tardía.
(D) Una acción para recuperar el dinero o la propiedad pública en manos de un funcionario o empleado público o ex funcionario o empleado público, y obtuvo durante o como resultado de, su cargo o empleo público.
(E) Una acción por lesiones a una persona basada en el diseño, fabricación, distribución o venta de bienes muebles que no se incorpora de forma permanente en una mejora de bienes inmuebles, incluyendo los accesorios.
(F) Una acción basada en una responsabilidad legal.
(G) La acción de entrar ilegalmente en la propiedad real.
(H) Una acción de tomar, detener o dañar la propiedad personal.
(I) una acción para recuperar la propiedad personal específica.
(J) Una acción legal o equitativa fundada en el fraude.
(K) Una acción legal o equitativo en un contrato, obligación o responsabilidad que no se basa en un instrumento escrito, que incluye una acción para la venta y entrega de bienes, productos, y de mercancías, en las cuentas de la tienda.
(L) Una acción para rescindir un contrato.
(M) La acción del dinero pagado por cualquier autoridad gubernamental por error o inadvertencia.
(N) un recurso de una sanción legal o decomiso.
(O) La acción de asalto, agresión, detención ilegal, persecución maliciosa, la interferencia maliciosa, detención ilegal, o cualquier otro acto ilícito intencional, salvo lo dispuesto en los incisos 4), (5) y (7).
(P) Cualquier acción específicamente previsto en estos estatutos.
(Q) Una acción que alegue una violación, que no sea una violación intencional, del s. 448,110.
(4) en dos años. –
(A) La acción de negligencia profesional, con excepción de la negligencia médica, ya sea basada en contrato o agravio, siempre que el plazo de prescripción se contará a partir del momento en la causa de la acción sea descubierta o se han descubierto en el ejercicio de la debida diligencia. Sin embargo, la prescripción de las acciones en este documento por negligencia profesional habrá de ser limitado a las personas en connivencia con el profesional.
(B) La acción de negligencia médica se iniciarán dentro de 2 años desde el momento en que el incidente que dio lugar a la acción se produjo o dentro de 2 años desde el momento del incidente se descubre, o debería haber sido descubierto con el ejercicio de la debida diligencia, sin embargo , en ningún caso la acción se iniciará a más tardar 4 años desde la fecha del incidente o acontecimiento, de los cuales la causa de la acción, excepto que este periodo de 4 años no impedirá a un recurso interpuesto en nombre de un menor de edad en o antes de cumplir los ocho años del niño. Una “acción por mala praxis médica” se define como una reclamación por responsabilidad extracontractual o contractual por daños y perjuicios a causa de la pérdida por muerte, lesiones o monetaria a cualquier persona que surja de cualquier diagnóstico médico, dental o quirúrgico, tratamiento o cuidado por cualquier proveedor de cuidado de la salud. La prescripción de las acciones dentro de este apartado se limitará a la asistencia médica y las personas que tengan una coparticipación con el proveedor de cuidado de la salud. En esas acciones se refiere el presente párrafo en el que se puede demostrar que la falsificación de fraude, ocultación o intencional de los hechos impidió que el descubrimiento de la lesión se extiende el plazo de prescripción de 2 años hacia adelante desde el momento en que la lesión se descubre o debería haber sido descubierto en el ejercicio de la debida diligencia, pero en ningún caso superará los 7 años desde la fecha del incidente que dio lugar a la lesión se produjo, salvo que este período de 7 años no podrán oponerse a una acción judicial en nombre de un menor de edad en o antes del octavo cumpleaños del niño. Este párrafo no se aplicará a las acciones de la que ss. 766.301 a 766.316 el remedio exclusivo.
(C) La acción para recuperar los salarios o las horas extraordinarias o daños y perjuicios o sanciones relativas al pago de los salarios y las horas extraordinarias.
(D) Una acción por homicidio culposo.
(E) una acción fundada en la violación de cualquiera de las disposiciones del capítulo 517, con el período que va desde el momento en los hechos que dieron origen a la causa de acción que se descubra o debía haber sido descubierto con el ejercicio de la debida diligencia, pero no más de 5 años a partir de la violación de esa fecha se produjo.
(F) Una acción por lesiones personales causadas por el contacto con el o la exposición a herbicidas de fenoxi, mientras que sirve ya sea como un civil o un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos durante el período 1 de enero de 1962, al 7 de mayo de 1975, el plazo de prescripción se contará a partir del momento en que se descubrió la causa de la acción o si se han descubierto en el ejercicio de la debida diligencia.
(G) La acción de calumnia o injuria.
(5) en un año. –
(A) Una acción de cumplimiento específico de un contrato.
(B) Una acción para hacer cumplir un embargo preventivo equitativo derivado de la entrega de la mano de obra, servicios o material para la mejora de bienes inmuebles.
(C) La acción para reclamar sus derechos a los del Código Comercial Uniforme de Cartas de Crédito, en el capítulo 675.
(D) un recurso contra cualquier forma de asociación garantía y sus asegurados, con el período comprendido entre la fecha de la fecha límite para presentar alegaciones en el orden de liquidación.
(E) Una acción para hacer cumplir cualquier reclamación en contra de una fianza de pago en la que el director es un contratista, subcontratista, o sub-contratista-tal como se define en s. 713,01, para el trabajo privado, así como obra pública, desde el suministro de mano de obra última, los servicios o materiales o de última el suministro de mano de obra, servicios o materiales por parte del contratista, si el contratista es el principal de un bono en la misma construcción proyecto, que sea posterior.
(F) A excepción de las acciones descritas en el inciso (8), una petición de recurso extraordinario, que no sea un recurso de impugnación de una condena penal, presentada por o en nombre de un preso como se define en s. 57.085.
(G) A excepción de las acciones descritas en el inciso (8), un recurso interpuesto por o en nombre de un preso, tal como se define en s. 57.085, en relación con las condiciones de reclusión del prisionero.
(6)-Laques LACHES. impedirá cualquier acción a menos que se inicie dentro de los plazos previstos para las acciones legales referentes a la materia misma, independientemente de la falta de conocimiento de la persona reclamada debe ser considerado responsable de que la persona que alega la responsabilidad que afirman su derechos y si la persona que buscaban se hace responsable está lesionado o perjudicado por la demora. Este apartado no afectará a la aplicación de los tachos en un momento anterior de conformidad con la ley.
(7) DE AGRAVIOS intencional, basada en ABUSE.-Un recurso basado en el supuesto abuso, tal como se define en s. 39.01, s. 415,102, o s. 984,03, o el incesto, tal como se define en s. 826.04, podrá iniciarse en cualquier momento dentro de los 7 años después de que la mayoría de edad, o dentro de 4 años después de que la persona lesionada deja la dependencia del agresor, o dentro de 4 años a partir de la época del descubrimiento de la parte perjudicada, tanto de la lesión y la relación causal entre la lesión y el abuso, lo que ocurra más tarde.
(8) PLAZO DE 30 DÍAS PARA recursos interpuestos CORRECCIONAL DISCIPLINARIO PROCEEDINGS.-Cualquier procedimiento de acción de los tribunales disciplinarios difíciles de prisioneros llevados a cabo por el Departamento de Correcciones de conformidad con el s. 944.28 (2) debe ser iniciada dentro de 30 días después de la disposición final de los procedimientos disciplinarios de prisioneros a través de un proceso de queja administrativa en virtud del capítulo 33, Código Administrativo de Florida. Cualquier aplicación de medidas disciplinarias difíciles de prisioneros se ve impedida por el tribunal a menos que se inicie en el plazo previsto por esta sección.
(9) DELITOS SEXUALES DE BATERÍA DE LAS VÍCTIMAS MENORES DE 16.-una acción relacionada con un acto que constituya una violación de los s. 794.011 cuando la víctima se encontraba bajo la edad de 16 años en el momento del acto se podrá iniciar en cualquier momento. Este apartado se aplica a cualquier acción distinta de las que habría sido prescrito a más tardar el 01 de julio 2010.
(10) DE AGRAVIOS intencional que produce la muerte por actos descritos en el S. O S. 782,04 782.07.-No obstante el párrafo (4) (d), una acción por muerte injusta buscando daños autorizados en virtud del s. 768,21 interpuesto contra una persona física por actos ilícitos intencionales con resultado de muerte de los actos descritos en el s. 782,04 o s. 782,07 podrá iniciarse en cualquier momento. La presente subsección no se interpretará para exigir el arresto, la presentación de cargos penales formales, o de una condena por una violación de los s. 782,04 o s. 782,07 como condición para presentar una acción civil.
Historia.-s. 10, cap. 1869, 1872, s. 1, cap. 3900, 1889, RS 1294, GS 1725; s. 10, cap. 7838, 1919, 2939 Rio Grande do Sul, CGL 4663; s. 1, cap. 21892, de 1943; s. 7, cap. 24337, 1947, s. 24, cap. 57-1; s. 1, cap. 59-188; s. 1, cap. 67-284; s. 1, cap. 71-254; s. 30, cap. 73-333; s. 7, cap. 74-382; s. 7, cap. 75-9; s. 1, cap. 77-174; s. 11, cap. 78-435; s. 1, cap. 80-322; s. 34, cap. 83-38; s. 1, cap. 84-13; s. 1, cap. 85-63; s. 139, cap. 86-220; s. 1, cap. 86-231; s. 1, cap. 86-272; s. 1, cap. 88-397; s. 20, cap. 90-109; s. 1, cap. 92-102; s. 520, cap. 95-147; s. 2, cap. 95-283; s. 4, cap. 96-106; s. 1, cap. 96-167; s. 15, cap. 98-280; s. 2, cap. 99-5; s. 12, cap. 99-137; s. 2, cap. 2001-211, s. 15, cap. 2005-230, s. 1, cap. 2005-353, s. 1, cap. 2006-145, s. 2, cap. 2010-45; s. 1, cap. 2010-54; s. 1, cap. 2011-39.

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